Alejandro Ayala. Consultor Asociado. – 9 de Marzo, 2020
Muchos países han hecho de las iniciativas públicas de para reducir las cargas administrativas y la burocracia, una prioridad política. Plan Estratégico de Gobierno de la actual administración, define como una de sus tareas principales la reducción drásticamente el exceso de trámites que realizan los ciudadanos y empresas con las instituciones del Estado. Considerando las restricciones económicas por las cuales atraviesan las finanzas públicas, es ahora cuando el impacto de estas mejoras, se hace más oportuno e imprescindible.
Existe una amplia base legal que norma las iniciativas de simplificación administrativa en el Estado, entre las más relevantes destaca:
- Ley 38 de 2000 sobre procedimiento administrativo general, en su Artículo 34 dispone los principios de imparcialidad, uniformidad, economía, celeridad y eficacia, garantizando la realización oportuna de la función administrativa.”
- Ley 65 del 2009, que crea la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental (AIG)
- Ley 83 de 2012 regula el uso de medios electrónicos para los tramites gubernamentales Articulo 18 dicta la obligación de un plan de simplificación por institución.
- Decreto Ejecutivo MP-612 de 2019 crea la Secretaria de Digitalización y Simplificación de Procesos.
Ante el reto de simplificar procesos y trámites gubernamentales, es indispensable que las entidades públicas y sus servidores cuenten con un modelo estandarizado con las pautas para la eliminación de los pasos que no agregan valor en un trámite administrativo, que mejore los tiempos, reduzcan los costos y requisitos. El rediseño de los procedimientos simplificados es el insumo básico para la sistematización y su digitalización.
Hay un consenso entre los especialistas del tema que la metodología de la simplificación debe estar regidos por las siguientes etapas: